En concreto, la sentencia, que ha sido dictada por la Sección Tercera del tribunal provincial, desestima el recurso de apelación que la entidad con la que el agente firmó el préstamo de su segunda vivienda, Caja Rural, había interpuesto contra la decisión del Juzgado de lo Mercantil de declarar nula la cláusula suelo fijada.
La resolución del Juzgado de lo Mercantil, ahora confirmada por la Audiencia, fue dictada en octubre del año pasado, y declaró «la nulidad de la cláusula prevista en el contrato que une a las partes». El contrato en cuestión fue firmado el 23 de diciembre de 2011 y establecía que «una vez transcurrido el período de interés fijo pactado, el tipo de interés que corresponda aplicar conforme a lo dispuesto en esta cláusula en ningún caso podrá ser superior al 12% nominal anual ni inferior al 3,75% cualquiera que sea la variación que se produzca».
Ahora, la Audiencia avala la decisión de anular ese suelo del 3,75%, y condena además a la entidad bancaria al pago de las costas del procedimiento judicial y a devolver al agente y su mujer las cantidades que han abonado de más desde la interposición de la demanda.