La Justicia nos llegará de Europa, imaginamos a comienzos del próximo verano. Hay que tener un poco de paciencia y sobre todo poner la demanda judicial, pues los asuntos que no estén en fase litigiosa, no podrán beneficiarse (es previo la declaración de nulidad a la declaración de efectos de dicha nulidad). Será el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el que dará a cada uno su derecho, y obligará a las entidades financieras a devolver a los hipotecados los intereses indebidamente cobrados por la aplicación de esta cláusula abusiva, con efectos desde la firma del contrato de préstamo, no desde el 9 de mayo de 2.013.
Aún no tiene nada decidido el TJUE, pero entre los informes recabados de las distintas partes, destaca el de la Comisión Europea que defiende el principio de resarcimiento total
Estamos en la antesala de la llegada de la Justicia en el asunto de las cláusulas suelo (porque como es sabido, el Tribunal Supremo cortó con la Sentencia de 24 de Marzo de 2015 el reguero de condenas a los bancos a devoluciones íntegras de intereses que Juzgados y Audiencias Provinciales de toda España estaban dictando hasta ese momento), y un gran paso para ello es el citado Informe que la Comisión Europea ha trasladado al TJUE, y que dictamina que las entidades financieras deben devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo. Es evidente, que la voz de Comisión tendrá su peso en el juicio de los Magistrados del TJUE, y que éstos se aplicarán en dar a cada uno lo que es suyo, su derecho.
Consulte el informe de la comisión europea sobre cláusulas suelo
http://s01.s3c.es/imag/doc/2015-10-27/TJUE_CalusulasSuelo.pdf